El CNM evalúa hoy a siete jueces de la SCJ

El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) inicia hoy martes a las 9:00 de la mañana la sesión de evaluación pública de los siete jueces que habrán de seguir o no en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia.
El CNM informó que, de conformidad con el Reglamento 2-25, están convocados los siete magistrados Justiniano Montero Montero, Francisco Jerez Mena, Vanessa Acosta Peralta, Samuel Arias Arzeno, Alejandro Bello Ferreras, Fran Soto Sánchez y Rafael Vásquez Goico
El CNM, que loencabeza el presidente de la República, Luis Abinader, tiene previsto realizar las entrevistas de evaluación en el Salón de Asambleas del Palacio Nacional, fuera del escenario del Poder Judicial.
En este contexto, la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) llamó a los integrantes del CNM a garantizar que esta evaluación de jueces de alta corte se convierta en un referente de objetividad.
En un documento, Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de la entidad, manifestó que la evaluación de estos jueces no puede ni debe ser un mero formalismo, por lo que le dijo al CNM que tiene la responsabilidad de conducir un proceso ejemplar, en tres etapas, objeciones, entrevistas y deliberación.
Señaló que es un imperativo categórico que cada fase se desarrolle con un respeto escrupuloso por el debido proceso, la dignidad de los evaluados y la independencia judicial.
Asimismo, expuso que Finjus, como voz de la sociedad civil, comprometida con la institucionalidad, “se mantendrá vigilante de este trascendental proceso, confiando en que los miembros del CNM actuarán con la ponderación y el rigor que la ocasión amerita, para que el resultado final consolide la confianza ciudadana en la justicia y fortalezca el Estado de Derecho en la República Dominicana.
Indicó que, la permanencia de jueces de carrera, con hojas de servicio intachables y aportes probados, es una salvaguarda para la estabilidad y la previsibilidad del sistema de justicia.
Advirtió que “desvincularlos sin una causa grave y debidamente probada enviaría un mensaje perjudicial a toda la judicatura, sugiriendo que la lealtad a la ley y la excelencia profesional no son suficientes para garantizar la estabilidad en el cargo”.
Castaños Guzmán recordó que, según el artículo 181 de la Constitución dominicana, cualquier decisión de desvinculación debe estar excepcional y fehacientemente motivada y justificada en los criterios técnicos y éticos que la propia ley y el nuevo reglamento establecen.